CEOE - INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL
Para promover el acceso de Pymes y Autónomos a las líneas de financiación que Instituto de Crédito Oficial ha puesto a su disposición mediante el Programa ICO DIRECTO, Miguel Mirones, en representación de CEOE-CEPYME Cantabria y, Carlos Hazas del Banco Santander han firmado esta mañana un convenio de colaboración.
Así, y con el fin de facilitar el cumplimiento del convenio, el Santander pondrá a disposición de CEOE-CEPYME Cantabria y de sus asociados un teléfono 902 para consultas sobre la tramitación y formalización de las operaciones de ICO Directo. Además, Santander facilitará a CEOE-CEPYME Cantabria una relación de oficinas para la formalización de las operaciones aprobadas, indicando el código postal para facilitar la selección de la oficina más cercana al interesado.
Por su parte, CEOE-CEPYME Cantabria asesorará a sus asociados en la tramitación del ICO Directo, que se realizará a través de la web de ICO creada al efecto. Además, CEOE-CEPYME Cantabria aconsejará a sus asociados que seleccionen, en la solicitud de la operación, a Santander como banco para la formalización de las operaciones que haya aprobado el ICO.
El Programa
Este programa se caracteriza especialmente respecto de otros en los que interviene ICO por el hecho de que los recursos de financiación son facilitados directamente por ICO sin que la entidad financiera mediadora intervenga en la decisión de conceder o denegar los recursos solicitados. La entidad financiera asesora a los beneficiarios en la canalización de las operaciones y solicitudes y por cuenta del ICO se ocupa de la formalización de las operaciones y de su administración y seguimiento.
Podrán ser beneficiarios de este convenio las organizaciones empresariales que estén incorporadas en CEOE-CEPYME CANTABRIA, sin perjuicio de que la condición de beneficiario de la financiación de ICO DIRECTO estará sujeta al cumplimiento de los requisitos que en cada momento establezca ICO, y por un importe máximo de 200.000 euros, plazo de hasta siete años si el importe se destina a inversión y de hasta 3 años si su destino es liquidez.
El plazo de duración de este Convenio coincidirá con el de la vigencia del Programa de Financiación Directa de ICO, es decir 31 de diciembre de 2011, salvo que cualquiera de las partes decidiera su denuncia.
Antecedentes
Mediante Real Decreto Ley 6/2010 de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo se establecen, entre otras, medidas para favorecer la actividad empresarial, destinadas a las pequeñas y medianas empresas. Con objeto de dotar de liquidez a las pequeñas y medianas empresas, y teniendo en cuenta la relevancia de estas empresas en el tejido industrial español, se acuerda en la citada disposición un Programa del Instituto de Crédito Oficial (ICO) de Financiación Directa a Pymes y autónomos que se materializa mediante la contratación de una red financiera de ámbito nacional para la prestación de los servicios de financiación que será el vehículo para que las Pymes tengan acceso a recursos financieros concedidos por el Instituto de Crédito Oficial.
El día 14 de junio de 2010 la Comisión de Contratación del ICO acordó la adjudicación definitiva a favor de BANCO SANTANDER, S.A. del contrato PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE FORMALIZACIÓN, GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN, SEGUIMIENTO Y DIFUSIÓN DE OPERACIONES DE FINANCIACIÓN DIRECTA ICO A PYMES Y AUTÓNOMOS.
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